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La primera enmienda protege tu derecho a congregarte y expresar tus puntos de vista a través de la protesta. Sin embargo, la policía y otros funcionarios de gobierno pueden imponer ciertas restricciones al ejercicio del derecho de libre expresión. Asegúrate de estar preparado repasando tus derechos antes de salir a las calles.

Al final de la página encontrarás una hoja descargable con tus derechos de protesta.

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TUS DERECHOS

Tus derechos se ven fortalecidos en foros públicos tradicionales como calles, aceras y parques. Es probable que también tengas derecho de expresarte en otros espacios públicos, como las plazas frente a los de edificios gubernamentales, siempre y cuando no bloquees el acceso del edificio o interfieras con otros propósitos para los que esta propiedad fue diseñada.

Los dueños de propiedades privadas pueden establecer reglas de expresión y manifestación en sus propiedades. El gobierno no puede restringir tu derecho de expresión si éste se lleva a cabo en tu propiedad o con el consentimiento del dueño de la propiedad.

Los contra-manifestantes también tienen derecho a la libre expresión. La policía debe tratar a los manifestantes y a los contra-manifestantes de igual manera. La policía está autorizada a mantener separados a estos grupos antagónicos, pero debe permitir que estén a la vista y se escuchen unos a otros.

Cuando tú estás legalmente presente en un espacio público, tienes derecho a fotografiar cualquier cosa que esté a plena vista, incluidos los edificios federales y la policía. En una propiedad privada el propietario puede establecer normas sobre la fotografía y el video.

¿Necesito un permiso?

  • No necesitas permiso para marchar en las calles o en las aceras, siempre y cuando no obstruyas el tráfico automovilístico o pedestre. Si no tienes permiso, los policías pueden solicitarte que te desplaces a un lado de la calle o de la acera para dejar pasar a otros o por razones de seguridad.
  • Cierto tipo de manifestaciones pueden requerir un permiso, como una marcha o un desfile que necesita el bloqueo del tráfico o el cierre de las calles; una gran manifestación que requiera el uso de amplificadores de sonido o una congregación de tamaño considerable en la mayoría de los parques y plazas.
  • Si bien los procedimientos para obtener un permiso requieren de la presentación anticipada de una solicitud, la policía no puede utilizar esos procedimientos para impedir que una protesta se lleve a cabo en respuesta a un acontecimiento de última hora.
  • Las restricciones en el recorrido de una marcha o en su equipo de sonido pueden violar la Primera Enmienda si son innecesarias para el control del tráfico o para la seguridad pública, o si estas restricciones interfieren significativamente con la comunicación efectiva hacia la audiencia que se dirige.
  • Un permiso no puede ser rechazado sólo porque la protesta es controvertida o expresa puntos de vista impopulares.

Qué hacer si crees que han sido violados tus derechos

  • Cuando puedas escribe todo lo que recuerdes, incluyendo las placas de los agentes, los números de las patrullas y la agencia a la que pertenecen los oficiales.
  • Consigue la información de contacto de los testigos.
  • Toma fotografías de cualquier lesión.
  • Una vez que tengas toda esta información puedes presentar una queja por escrito a la división de asuntos internos de la agencia policíaca o a la junta de quejas civiles.

Estoy asistiendo a una protesta

TUS DERECHOS

  • Tus derechos se ven fortalecidos en foros públicos tradicionales como calles, aceras y parques. Es probable que también tengas derecho de expresarte en otros espacios públicos, como las plazas frente a los de edificios gubernamentales, siempre y cuando no bloquees el acceso del edificio o interfieras con otros propósitos para los que esta propiedad fue diseñada.
  • Los dueños de propiedades privadas pueden establecer reglas de expresión y manifestación en sus propiedades. El gobierno no puede restringir tu derecho de expresión si éste se lleva a cabo en tu propiedad o con el consentimiento del dueño de la propiedad.
  • Los contra-manifestantes también tienen derecho a la libre expresión. La policía debe tratar a los manifestantes y a los contra-manifestantes de igual manera. La policía está autorizada a mantener separados a estos grupos antagónicos, pero debe permitir que estén a la vista y se escuchen unos a otros.
  • Cuando tú estás legalmente presente en un espacio público tienes derecho a fotografiar cualquier cosa que esté a plena vista, incluidos los edificios federales y la policía. En una propiedad privada el propietario puede establecer normas sobre la fotografía y el video.
  • No necesitas permiso para marchar en las calles o en las aceras, siempre y cuando no obstruyan el tráfico automovilístico o pedestre. Si no tienes permiso, los policías pueden solicitarte que te desplaces a un lado de la calle o de la acera para dejar pasar a otros o por razones de seguridad.

Qué hacer si crees que han sido violados tus derechos

  • Cuando puedas escribe todo lo que recuerdes, incluyendo las placas de los agentes, los números de las patrullas y la agencia a la que pertenecen los oficiales.
  • Consigue la información de contacto de los testigos.
  • Toma fotografías de cualquier lesión.
  • Una vez que tengas toda esta información puedes presentar una queja por escrito a la división de asuntos internos de la agencia policíaca o a la junta de quejas civiles.

¿Qué pasa si la policía emite una orden para dispersar la protesta?

  • Terminar una protesta mediante una orden de dispersión debe ser el último recurso de las fuerzas del orden. La policía no puede disolver una reunión a menos que exista un peligro evidente de revuelta, desorden, interferencia con el tráfico u otra amenaza inmediata de seguridad pública.
  • Si los oficiales emiten una orden de dispersión, deben dar una oportunidad razonable para cumplir dicha orden, incluido el tiempo suficiente y una vía de salida visible y despejada.
  • Los manifestantes deben recibir el aviso claro y detallado de la orden de dispersión, incluido cuánto tiempo tienen para dispersarse, las consecuencias de no hacerlo y qué ruta de salida pueden seguir, antes de ser arrestados o acusados de cualquier delito.

Quiero tomar fotografías o video en una protesta

TUS DERECHOS

  • Cuando tú estás legalmente presente en un espacio público tienes derecho a fotografiar cualquier cosa que esté a plena vista, incluidos los edificios federales y la policía (En una propiedad privada el propietario puede establecer normas sobre la fotografía o el video).
  • Los oficiales de policía no pueden confiscar o demandar ver tus fotografías o videos sin una orden judicial; de igual manera, no pueden borrar tus fotografías o videos en ninguna circunstancia. Sin embargo, pueden ordenar a los ciudadanos a parar actividades que están verdaderamente interfiriendo con las operaciones legítimas de aplicación de la ley.
  • Si estás videograbando, toma en cuenta que hay una distinción legal importante entre los registros visuales fotográficos (protegidos totalmente) y la porción de audio de una videograbación, la que algunos estados han tratado de regular bajo las leyes estatales de interceptación de llamadas (wiretapping).

Qué hacer si eres detenido o arrestado por tomar fotografías

  • Mantén siempre la calma y nunca te resistas físicamente a un oficial de policía.
  • La policía no puede arrestarte sin una sospecha razonable de que has cometido, estás cometiendo o estás a punto de cometer un crimen.
  • Si eres detenido, pregunta al oficial si eres libre de irte. Si es así, aléjate calmadamente.
  • Si eres arrestado, pregunta al oficial qué delito se sospecha que has cometido. Recuérdale al oficial que tomar fotografías es tu derecho bajo la Primera Enmienda y no constituye una sospecha razonable de actividad criminal.

Qué hacer si crees que han sido violados tus derechos

  • Cuando puedas escribe todo lo que recuerdes, incluyendo las placas de los agentes, los números de las patrullas y la agencia a la que pertenecen los oficiales.
  • Consigue la información de contacto de los testigos.
  • Toma fotografías de cualquier lesión.
  • Una vez que tengas toda esta información puedes presentar una queja por escrito a la división de asuntos internos de la agencia policíaca o a la junta de quejas civiles.

Fui detenido por la policía al estar manifestándome

TUS DERECHOS

  • Mantén la calma. Asegúrate de mantener tus manos donde el policía pueda verlas. No discutas, no te resistas ni obstruyas a los oficiales, incluso si crees que están violando tus derechos. Señala que no estás interrumpiendo la actividad de nadie y que la Primera Enmienda protege tus acciones.
  • Pregunta al oficia si eres libre de irte. Si es así, aléjate calmadamente.
  • Si eres puesto bajo arresto, tienes derecho a preguntar la razón. De otra forma, manifiesta que deseas permanecer en silencio y solicita un abogado inmediatamente. No digas nada ni firmes nada sin un abogado.
  • Tienes derecho a hacer una llamada local. Si llamas a tu abogado, la policía no puede escuchar la conversación.
  • Nunca debes consentir que se lleve a cabo un registro de tu persona ni de tus pertenencias. Si das tu consentimiento explícitamente, puede afectarte más tarde en los tribunales.
  • La policía puede cachear tu vestimenta si sospechan que portas un arma y pueden registrarte después del arresto.
  • Los oficiales de policía no pueden confiscar o demandar ver tus fotografías o videos sin una orden judicial; de igual manera, no pueden borrar tus fotografías o videos en ninguna circunstancia. Sin embargo, pueden ordenar a los ciudadanos a parar actividades que están verdaderamente interfiriendo con las operaciones legítimas de aplicación de la ley.

Qué hacer si crees que han sido violados tus derechos

  • Cuando puedas escribe todo lo que recuerdes, incluyendo las placas de los agentes, los números de las patrullas y la agencia a la que pertenecen los oficiales.
  • Consigue la información de contacto de los testigos.
  • Toma fotografías de cualquier lesión.
  • Una vez que tengas toda esta información puedes presentar una queja por escrito a la división de asuntos internos de la agencia policíaca o a la junta de quejas civiles.

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